Tres muertes recientes bajo cuestionamiento: los límites legales del uso de la fuerza policial en RD

 


Las muertes de Darlin Manuel Mercado, Rawel Sierra y Miguel Lucas han reabierto el debate sobre los límites legales del uso de la fuerza.

EN SANTO DOMINGO, viernes, 17 de julio 2026.-- Las muertes de Darlin Manuel Mercado Reyes, Rawel Sierra y Miguel Antonio Lucas han reabierto el debate sobre los límites legales del uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional y sobre las responsabilidades del Estado cuando una persona fallece durante un operativo o mientras permanece bajo custodia.

Aunque los tres casos ocurrieron en circunstancias diferentes, todos tienen en común las denuncias de los familiares, quienes exigen investigaciones transparentes y que se haga justicia por la muerte de sus parientes.

¿Cuándo el uso de la fuerza policial es legítimo?

En República Dominicana, el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional está regulado por la Constitución, la Ley Orgánica de la Policía Nacional núm. 590-16 y los estándares internacionales de derechos humanos. Estas normas establecen que los agentes solo pueden recurrir a la fuerza cuando sea estrictamente necesario para cumplir una función legal y que esta debe ser proporcional a la amenaza que enfrenten.

El uso de armas de fuego constituye el último recurso y solo se justifica cuando exista un peligro real e inminente para proteger la vida o la integridad física. Toda intervención policial debe ajustarse a los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, y puede ser objeto de investigación cuando de ella se deriven lesiones o fallecimientos.

¿Cuándo se considera excesivo, desproporcionado o arbitrario?

El uso de la fuerza puede considerarse excesivo o desproporcionado cuando un agente emplea medios superiores a los estrictamente necesarios para controlar una situación o cuando la respuesta no guarda relación con el nivel de amenaza o resistencia que enfrenta. También puede ser cuestionado si se utilizan armas letales cuando existían alternativas menos lesivas o si una persona bajo custodia es víctima de agresiones o no recibe la atención médica que requiere.

La legalidad de una actuación policial debe ser determinada mediante las investigaciones correspondientes. El Ministerio Público es el encargado de dirigir las pesquisas y reunir las pruebas, mientras que corresponde a los tribunales establecer si existieron responsabilidades penales.

Los casos bajo investigación

Tres hechos ocurridos entre junio y julio de 2026 mantienen abiertas investigaciones del Ministerio Público y han provocado cuestionamientos sobre el actuar policial en distintas circunstancias: durante operativos, en el control de manifestaciones y mientras una persona permanece bajo custodia.

Darlin Manuel Mercado Reyes

El 3 de julio de 2026, Darlin Manuel Mercado Reyes, de 19 años, falleció tras recibir un disparo a corta distancia presuntamente realizado por un cabo de la Policía Nacional durante un operativo efectuado en el sector La Cañada de Guajimía, en Herrera, Santo Domingo Oeste.

De acuerdo con la información disponible, los agentes realizaban una requisa en un supuesto punto de venta de drogas cuando ocurrió el incidente. Posteriormente, el Ministerio Público asumió la investigación y el agente involucrado fue puesto bajo custodia para enfrentar el proceso judicial correspondiente.

Rawel Sierra

Otro caso que permanece bajo investigación es el de Rawel Sierra, de 18 años y con condición de autismo. La noche del 18 de junio de 2026 recibió un disparo en la cabeza mientras compraba comida en un establecimiento del sector Brisa del Este, en Santo Domingo Este.

En ese momento se desarrollaba una manifestación comunitaria en protesta por los prolongados apagones eléctricos que afectan la zona. Rawel falleció días después como consecuencia de la herida. Sus familiares sostienen que el disparo habría sido realizado por una patrulla policial que intervenía durante la protesta y han solicitado al Ministerio Público establecer las circunstancias del hecho e identificar a los responsables.

Miguel Antonio Lucas («Miguelito»)

El tercer caso corresponde a Miguel Antonio Lucas, conocido como «Miguelito», quien falleció después de permanecer varios días detenido en el destacamento de la 17.ª Compañía de la Policía Nacional, en San Cristóbal. Sus familiares denuncian que fue arrestado por presuntamente vender números de lotería sin autorización y que, durante su detención, presentaba fiebre alta y requería atención médica urgente, pero no fue trasladado oportunamente a un centro de salud.

El abogado y familiar Carlos Rodríguez aseguró que un certificado médico realizado antes de su ingreso al destacamento establecía que Lucas no presentaba lesiones por agresión. Tras ser llevado al Hospital Regional Juan Pablo Pina en estado crítico, falleció pocas horas después. Ante estos hechos, la familia anunció que solicitará a la Procuraduría General de la República una investigación para esclarecer lo ocurrido y establecer las responsabilidades correspondientes.

Diferencia entre abuso de autoridad, tortura, homicidio y ejecución extrajudicial

En términos jurídicos, el abuso de autoridad ocurre cuando un funcionario público utiliza de manera ilegal las facultades de su cargo o excede los límites establecidos por la ley. La tortura consiste en infligir intencionalmente dolor o sufrimiento físico o psicológico a una persona, generalmente por parte de un agente del Estado o con su consentimiento, con fines como castigarla, intimidarla u obtener información.

El homicidio es la privación de la vida de otra persona en las circunstancias previstas por la legislación penal. Por su parte, la ejecución extrajudicial es un concepto del derecho internacional de los derechos humanos que se refiere a la privación arbitraria de la vida por agentes del Estado o con su autorización o aquiescencia, al margen de un proceso judicial. Su existencia solo puede establecerse a partir de una investigación independiente y de las decisiones de las autoridades competentes.

Responsabilidad de superiores y custodios

La legislación dominicana y las normas de derechos humanos establecen que los agentes responsables de la custodia de personas detenidas deben proteger su integridad física, garantizar el respeto de sus derechos fundamentales y facilitar el acceso a atención médica cuando sea necesario.

En cuanto a los superiores jerárquicos, estos pueden ser investigados si existen indicios de que ordenaron, toleraron, facilitaron o encubrieron actuaciones ilegales, o si incumplieron los deberes de supervisión que les correspondían. La existencia de responsabilidades dependerá de las investigaciones y de las pruebas que sean presentadas ante las autoridades competentes.

Las muertes de Darlin Manuel Mercado Reyes, Rawel Sierra y Miguel Antonio Lucas han vuelto a colocar en el centro del debate la necesidad de garantizar que toda actuación policial se ajuste a los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. También han reavivado la discusión sobre la importancia de fortalecer los mecanismos de supervisión, asegurar investigaciones independientes y proteger los derechos de las personas durante los operativos y mientras permanecen bajo custodia.

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